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Divorcio

A veces, la vida no funciona como piensas o esperas que suceda. Desafortunadamente, esto puede incluir tanto su vida familiar como su matrimonio. Si esto sucede, es posible que sienta que no tiene más remedio que divorciarse.  
 

Aunque algunos Tribunales de Magistrados pueden dictar órdenes de manutención del cónyuge o de los hijos, solo el Tribunal Superior puede otorgar el divorcio.

Antes de comenzar, consulte nuestro glosario de términos comunes aquí .
 

Elegibilidad
 

Nuestro Tribunal Superior solo puede otorgar un divorcio cuando:
 

  1. El peticionario y / o el domicilio permanente del demandado, o ambos, es Trinidad y Tobago o tienen una conexión sustancial con Trinidad y Tobago cuando se entabla el proceso de divorcio; o
     

  2. Tanto el peticionario como el demandado residían en Trinidad y Tobago durante al menos un año antes de solicitar el divorcio;
     

  3. Las partes han estado casadas durante al menos un año (si las partes no han estado casadas durante al menos un año, se puede hacer una solicitud especial a la corte si el peticionario está sufriendo dificultades excepcionales o si ha habido depravación excepcional por parte de el Demandado;
     

Una vez que se apliquen estos requisitos, el Tribunal debe considerar los motivos por los que solicita el divorcio.
 

Motivos de divorcio

Realmente no reconocemos el concepto de divorcio sin culpa en Trinidad y Tobago. Aunque puede divorciarse donde ha vivido separado durante cinco años o donde ha estado separado durante dos años y ambos consienten en divorciarse, en todos los demás casos tiene que haber una “ruptura irremediable del matrimonio”.

Está desactualizado exigir que alguien tenga la culpa de la ruptura de su matrimonio, pero esto no es un problema en la práctica. En realidad, es solo un lenguaje formal para decir que una persona tiene que tener la culpa de la ruptura del matrimonio.  

Lo que esto significa en teoría es que la Corte técnicamente puede decir que las causales de divorcio, como el adulterio o el comportamiento irrazonable, son insuficientes para otorgar el Decreto Nisi. En la práctica, sin embargo, esto casi nunca sucede. Este podría ser un ejemplo de que la Corte reconozca que ya no estamos en la época en que la culpa debe ser para que un matrimonio se rompa, pero, hasta que el Parlamento cambie la ley, la Corte no puede hacer mucho.

Los cinco motivos por los que puede solicitar el divorcio incluyen lo siguiente:

  1. el demandado ha cometido adulterio y el peticionario encuentra intolerable vivir con el demandado;  
     

  2. el demandado se ha comportado de tal manera que no se puede esperar razonablemente que el peticionario viva con el demandado;
     

  3. el demandado ha desertado al peticionario por un período continuo de al menos dos años inmediatamente antes de la presentación de la petición;  
     

  4. las partes del matrimonio han vivido separadas por un período continuo de al menos dos años inmediatamente antes de la presentación de la petición y el demandado consiente en que se otorgue un decreto;  
     

  5. que las partes del matrimonio han vivido separadas por un período continuo de al menos cinco años inmediatamente antes de la presentación de la petición.
     

Ahora, dependiendo de los motivos del divorcio, cuando el Demandado recibe la Petición de divorcio, puede optar por impugnar estos motivos y presentar lo que en esencia es su propia petición defendiendo los motivos que usted alegó y alegando un conjunto de razones completamente diferente del por qué. Hiciste que el matrimonio se rompiera irremediablemente.
 

Después de la presentación

Si esto sucede, a menos que ambas partes den su consentimiento para el divorcio, en la audiencia el Tribunal avanzará el asunto hacia un Juicio.

Si el demandado opta por no impugnar la petición de divorcio, en la primera audiencia el peticionario prestará juramento para testificar sobre los detalles del matrimonio que juró en la petición de divorcio y el tribunal podrá otorgar un Decreto Nisi.

Una vez que se ha concedido un Decreto Nisi, se pueden presentar solicitudes auxiliares. Estos pueden ser para la custodia, el cuidado y el control (otro término artístico que en realidad solo significa con quién vivirán los niños), para el acceso (esencialmente, los términos en los que el padre no residente puede visitar a los niños) y para cualquier pago monetario. solicitudes ya sea para reclamar un interés sobre los bienes matrimoniales, o para la pensión alimenticia del cónyuge o para la pensión alimenticia de los hijos. Estos temas se tratarán en otra publicación.

Recuerde, incluso cuando tenga su Decreto Nisi, todavía está legalmente casado. Solo cuando se obtiene el Decreto Absoluto, el matrimonio se disuelve legalmente.

Si no tiene la intención de reclamar ningún alivio financiero y todo está arreglado con los niños, entonces puede solicitar su Decreto Absoluto 6 semanas después de que se le haya otorgado su Decreto Nisi.
 

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